TITULO II
DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
CAPITULO I
DE SU NATURALEZA, FORMA Y EFECTOS
Art. 220 (Ex: 224).- Contrato colectivo.- Contrato o pacto colectivo es el convenio celebrado entre uno o más empleadores o asociaciones empleadoras y una o más asociaciones de trabajadores legalmente constituidas, con el objeto de establecer las condiciones o bases conforme a las cuales han de celebrarse en lo sucesivo, entre el mismo empleador y los trabajadores representados por la asociación contratante, los contratos individuales de trabajo determinados en el pacto.
El Consejo Politécnico mediante Resolución Nº 14-07-241 del día jueves 15 de julio de 2014, aprobó el proyecto del "Segundo Contrato Colectivo para los años 2014 y 2015" a celebrarse entre el "Sindicato General de Trabajadores Politécnicos" amparados en el Código del Trabajo y la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL), el mismo que se encuentra en el Ministerio de Relaciones Laborales para su aprobación.
Sindical 1 | Viernes, September 6, 2013 - 10:30 | Viernes, September 6, 2013 - 10:30 |